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Canal de denuncias

El presente Canal Interno de Información es el medio habilitado por ASU Fieldwork (Análisis Survey Unit, S.L.) para comunicar, de forma segura y confidencial, cualquier infracción de la normativa o de los principios y normas internas de conducta.

Quién y qué puede comunicar

  • Personas trabajadoras, directivos, socios, colaboradores, proveedores o terceros vinculados a la entidad.
  • Hechos que puedan constituir infracciones legales, normativas o de la política interna de la organización.

Canales internos de comunicación

Por escrito:

  • A través del presente formulario web.
  • A través de correo postal, adjuntando el formulario cumplimentado, dirigido al Responsable de Cumplimiento en C/ Orense nº68, planta 4 dcha. 28020 Madrid)

De forma verbal:

  • Llamando al número de teléfono: +34910487791

Reunión presencial o por videoconferencia:

  • Solicitándola a través de cualquiera de los medios anteriores; se concertará en un plazo razonable con el Responsable de Cumplimiento.

Canales externos y revelación pública

El informante también puede recurrir a canales externos gestionados por la Autoridad Independiente de Protección del Informante (https://www.proteccioninformante.gob.es/) o, en determinados casos, realizar una revelación pública con las garantías que establece la Ley 2/2023.

Protección de datos

Los datos personales se tratarán conforme al RGPD (UE 2016/679), la Ley Orgánica 3/2018 y la Ley Orgánica 7/2021, garantizando la confidencialidad y el acceso restringido solo al personal autorizado.

Garantías del procedimiento

ASU Fieldwork garantizará, durante y después del tratamiento de la denuncia:

  • La indemnidad y la prohibición de represalia frente al denunciante de buena fe. ASU Fieldwork investigará y sancionará todo tipo de amenaza, discriminación o acoso, así como cualquier otro tipo de medida negativa, formal o informal, que sufra el denunciante o una persona a él allegada, como consecuencia de la denuncia interpuesta.
  • La confidencialidad de las denuncias cursadas, estableciéndose asimismo los mecanismos oportunos para que la persona denunciada no pueda acceder a aquellos datos que permitan conocer la identidad del denunciante. No obstante, no se podrá garantizar la confidencialidad de la denuncia en el supuesto de que la información deba ser comunicada a la autoridad administrativa o judicial.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, ASU Fieldwork podrá emprender acciones disciplinarias contra el denunciante, en el supuesto de que hubiera interpuesto una denuncia de mala fe, o a sabiendas de su falsedad.

Las personas afectadas por la denuncia gozarán, durante la tramitación del expediente, de la presunción de inocencia, el derecho de defensa y el acceso al expediente en los términos previstos en la normativa aplicable, así como de la misma protección en materia de confidencialidad e identidad que se reconoce a los informantes.

Complete la información siguiendo los pasos siguientes:


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